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OTORGAMIENTO DE PODERES
Compartir¿PROBLEMAS EN EL TRABAJO? ¿DEMASIADA CARGA LABORAL? ¿TEMAS PERSONALES QUE NO PUEDES ATENDER? ¿EXCESO DE RESPONSABILIDADES U OBLIGACIONES? SEA CUAL SEA TU CASO, EL TEMA AQUÍ ES DISTRIBUIR O NIVELAR TUS FACULTADES EN CIERTA MEDIDA PARA FACILITAR TU VIDA EN DIFERENTES ASPECTOS. PARA ESTO LA LEY TE DA LA OPCION DE OTORGAR UN PODER.
1. ¿QUE ES UN PODER?
- -EN TERMINOS GENERALES, UN PODER ES UN DOCUMENTO QUE AUTORIZA A UNA PERSONA A REALIZAR CIERTOS ACTOS JURIDICOS EN NOMBRE DE OTRA PERSONA.
2. ¿QUE BENEFICIOS Y PERJUICIOS ME PUEDE DAR UN PODER?
- -MEDIANTE UN PODER, OTRA PERSONA PODRA REALIZAR DIVERSOS ACTOS A NOMBRE TUYO, LIBERANDO TU TIEMPO Y RESPONSABILIDADES, DESDE PRESENTAR UNA DECLARACION FISCAL HASTA SACAR TU COCHE DEL CORRALON.
- -SIN EMBARGO, AL AUTORIZAR A OTRA PERSONA A ACTUAR EN NOMBRE TUYO DEBERA SER ALGUIEN DE CONFIANZA PARA EVITAR CUALQUIER CONFLICTO.
- -AHORA BIEN, COMO COMENTABAMOS EN UN PRINCIPIO UN PODER PUEDE AYUDARTE A DELEGAR RESPONSABILIDADES ASI COMO A REALIZAR ACTOS QUE IGUAL NO PODRIAS REALIZAR POR TI MISMO (IR A FIRMAR ALGUN DOCUMENTO A OTRO LUGAR DE LA REPUBLICA, DAR SEGUIMIENTO A UN JUICIO, ETC.).
- -ACERCATE A UN NOTARIO O A UN ABOGADO DE QUIENES PUEDES RECIBIR ASESORIA LEGAL Y QUIENES TE PODRAN AYUDAR A SACAR PROVECHO DE LOS PODERES.
3. ¿QUE PODERES EXISTEN?
- -PODERES GENERALES: COMO SU NOMBRE LO DICE SON AQUELLOS QUE OTORGAN AUTORIZACION PARA REALIZAR ACTOS DE MANERA GENERAL, ES DECIR, QUE NO SON PARA HACER UNA SOLA COSA O ATENDER UN SOLO NEGOCIO SINO VARIOS SOBRE UNA MISMA CUESTION. ESTOS PUEDEN SER:
- -PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS: ESTE PODER GENERALMENTE SE DA PARA QUE LA PERSONA A LA QUE SE LE OTORGUE TE REPRESENTE EN JUICIOS O COBRE EN TU REPRESENTACION O EN EL DE TU EMPRESA. ES EL PODER QUE UNA EMPRESA O UNA PERSONA LE OTORGARIA A SU ABOGADO, A SU CONTADOR O A SU PERSONAL DE COBRANZA.
- -PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACION: ESTE PODER PERMITE A LA PERSONA QUE SE LE OTORGA ADMINISTRAR LOS BIENES DE LA OTRA PERSONA, ES DECIR, SERIA PARA GESTIONAR TUS BIENES O LOS DE TU EMPRESA. ESTE PODER ES EL QUE NORMALMENTE UNA EMPRESA OTORGARIA AL DIRECTOR GENERAL.
- -PODER GENERAL PARA ACTOS DE DOMINIO: ESTE PODER PERMITE COMPRAR Y VENDER BIENES, ASI COMO REALIZAR CUALQUIER ACTO SOBRE ESTOS. TE RECOMENDAMOS TENER CUIDADO CON LA PERSONA A LA QUE LE OTORGUES ESTE TIPO DE PODERES, YA QUE DICHO PODER LE PODRA DAR CONTROL TOTAL SOBRE TUS BIENES.
- -PODERES ESPECIALES: ESTE SE OTORGA PARA ASUNTOS ESPECIFICOS, ES DECIR PARA QUE SE CONCRETE UN NEGOCIO O UN ACTO EN PARTICULAR Y GENERALMENTE CUANDO SE REALIZA EL ACTO O SE CONCLUYE EL NEGOCIO SE TERMINAN LAS FACULTADES DEL REPRESENTANTE. ESTE TIPO DE PODERES PUEDEN SER DE GRAN AYUDA Y SON MENOS RIESGOSOS QUE LOS GENERALES YA QUE DE CIERTA MANERA LIMITAN LA ACTUACION DE LA PERSONA A LA QUE SE LE OTORGAN (EJ. PARA REALIZAR UN TRAMITE ANTE HACIENDA QUE NO TIENES TIEMPO DE HACER TU MISMO, COMO SOLICITAR UNA DEVOLUCIÓN ANTE EL SAT, ETC.).
4. ¿COMO OTROGO UN PODER?
- -DEPENDERA DE PARA QUE LO NECESITES Y EL MONTO, PERO PUEDE SER DESDE UNA SIMPLE CARTA FIRMADA ANTE TESTIGOS HASTA UNO QUE SEA NECESARIO ACUDIR A UN NOTARIO PUBLICO PARA QUE LO ELEVE A ESCRITURA PUBLICA.
SI DESEAS OTORGAR UN PODER O INFORMARTE MAS DEL TEMA, ACERCATE AL ABOGADO ESPECIALISTA O AL NOTARIO QUE BUSCAS Y QUE MAS SE ADECUE A TUS NECESIDADES EN www.apoloservice.com
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