Defraudación fiscal será delincuencia organizada.
CompartirEl miércoles pasado, el Senado de la República comenzó a discutir el integrar al catálogo de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada el delito de defraudación fiscal.
Con ello se prevé imponer una sanción de 5 a 8 ocho años de prisión al que por si mismo o a través de otra persona compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes.
Posterior a ello, la Comisión de Estudios Legislativos Primera de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen que reforma 5 ordenamientos legales para elevar a rango de delincuencia organizada la defraudación fiscal, delito que ameritará prisión preventiva oficiosa.
En el país existen más de 8,500 empresas fantasmas, las cuales son utilizadas para el uso de facturas y comprobantes falsos.
La iniciativa plantea reformar el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para que incluya la defraudación fiscal cuando participen tres o más personas de forma reiterada y el monto de lo defraudado supere los 7 millones 800 mil pesos. También se considerará delincuencia organizada la expedición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
La misma pena recaerá en quien permita o publique, a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales falsos. Cuando el delito involucre a un servidor público en funciones, será destituido e inhabilitado de 1 a 10 años para desempeñar un cargo público.
De igual manera, propone que al catálogo del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales se adicionen, como delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, el contrabando y su equiparable, la defraudación fiscal y su equiparable, así como la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
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